Fianzas
Contamos con una amplia gama de opciones y ofrecemos un servicio ágil, apoyados en la solidez financiera que respalda a la compañía. Estas características nos permiten ser la mejor opción del mercado para atender sus necesidades de afianzamiento.
Profesionales
Esta Fianza cubre los actos indebidos que en el ejercicio de su profesión realicen algunos profesionales (Contadores Públicos Autorizados, Corredores, Agencias o Corredurías de Seguros, Auxiliares de Seguros). Las sumas de las Fianzas son señaladas por las leyes, reglamentos o decretos administrativos, según el caso.
Administrativas
- Las Fianzas Aduanera (Almacén Fiscal, Deposito Aduanero, Agencia Aduanera), Importación y Exportación Temporal responden por el pago de los impuestos y tasas respectivas, siendo las autoridades correspondientes las que señalan sus montos y períodos de vigencia. Las Fianzas para cargos específicos son también establecidas por decretos o acuerdos gubernamentales en cuanto a monto y plazo.
Contractuales
Contractuales
Esta es la clase más rica de garantías que se conocen en el mercado nicaragüense. Por ello haremos una sub-clasificación de estas para su adecuada definición:
Fianza de Oferta
Garantiza que el Afianzado mantendrá las condiciones y precio de su oferta hecha al dueño de la obra o Contratante del servicio, en el caso de serle adjudicado el contrato respectivo, en algunos casos esta Fianza garantiza también el rendimiento por parte del Afianzado a favor del Beneficiario de la Fianza de Cumplimiento Contrato si le es exigida, al serle adjudicado el Contrato. Si no cumpliera el fiado, la aseguradora deberá pagar el monto de la fianza. Este generalmente es una suma fija o un porcentaje no del monto del contrato ofertado.
Fianza de Cumplimiento de Contrato
Garantiza que el Afianzado cumplirá fielmente con las condiciones del contrato de obra, de servicio, suministro, etc. y, en caso de no cumplir con las condiciones del contrato, la aseguradora se obliga
a pagar al Beneficiario el monto de la Fianza (parcial o total) o podrá sustituir al Afianzado por otro contratista para que concluya la obra o la prestación del servicio.
Fianza de Pago o de Adelanto
Garantiza que la Compañía de Seguros se obliga a pagar al dueño de la obra la suma que el contratista le estuviere debiendo en base al adelanto del precio del contrato que le hubiere entregado, hasta un monto que no exceda de la suma afianzada. Esta fianza, en el caso de obras, deberá reducirse en la medida que se amortice el valor del anticipo cubriendo siempre el máximo del saldo deudor y estará vigente hasta su total amortización, y cuando se trate de bienes se computará al valor total del contrato.
Fianza de Mantenimiento o de Vicios Redhibitorios
Una vez concluida la obra o el servicio el dueño está interesado en garantizarse que los mismos fueron bien ejecutados, por lo que pide una garantía al contratista de que cualquier falla que se diere en el trabajo realizado le será corregida por este, de acuerdo con las cláusulas del contrato.
Fianza de Pago de Proveedores
Garantiza el pago a terceros proveedores, subcontratistas y personas que hayan prestado un bien o servicio al proyecto afianzado.
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